|
Incorporación de las reglas de tributación para los acuerdos de venta de bienes en consigna.
Esta operación se produce cuando hay un acuerdo entre empresrios para la venta transfonteriza de mercancías, en las que el proveedor envia bienes desde un EM a otro EM, para que queden almacenados en el EM de destino a disposición del cliente, que puede adquiriirlos en un momento posterior a su llegada.
Ahora, la simplificación supone que este acuerdo de venta de bienes en consigna implican una EIB exenta para el proveedor y una AIB para el cliente. Ya no hay en el estado miembro de destino una ISP del cliente.
Estas operaciones se deben incluir en el Modelo 349
Cambios en el Modelo 349:
(1) se suprime la presentación anual. Ultima presentación en Enero de 2020 respecto del ejercicio 2019.
(2) Comprobar si el diseño de registro para 2020 cambia debido a la nueva forma de tributación de las operaciones de venta de bienes en consigna, al margen de que este tipo de operaciones no se puedan gestionar en Openbravo. |
|